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24 de septiembre de 2012

La AFIP obligará a productores a informar la cosecha de granos

Se trata de la nueva resolución general 3342. "Se tendrá que informar a medida que se va cosechando”, informó Santiago Saenz Valiente, contador público, a ediciónrural.com. “Se comenzará a informar desde el 1° de enero del hasta el 31 de agosto de 2013 las cosechas de soja, maíz y girasol”, explicó. “Durante el mes de septiembre el stock que haya de todos los granos debe informarse y las hectáreas sembradas durante el mes de octubre”, remarcó. En caso de que no se cumpla esta obligación podrían haber sanciones.

Hasta el día de hoy, la AFIP tiene la información de los productores sobre las hectáreas sembradas y contratos agropecuarios suscriptos pero ahora se agregó una novedad: la obligación de informar las toneladas cosechadas de trigo, maíz, soja y girasol, a medida que se va produciendo la cosecha.

Santiago Sáenz Valiente, contador público especializado en temas tributarios, habló con ediciónrural.com tras esta noticia. 

“Hasta hace unos meses estaba como única información referente a los granos, la resolución general 2750. Una normativa que trata sobre los datos de hectáreas sembradas por un lado y stock por otro. Abarca todos los granos, cereales y oleaginosas y resulta, todavía, absolutamente obligatoria”, explicó.



“Esa normativa sigue vigente y hay que cumplirla. A partir de ahora, con la nueva obligación de información a la AFIP, se comenzará a informar desde el 1° de enero del año venidero hasta el 31 de agosto de 2013 las cosechas de soja, maíz y girasol, ya que es el período en que usualmente en distintas zonas del país se cosechan dichos granos”, dijo.

“Lo que es importante es que durante el mes de septiembre el stock que haya de todos los granos debe informarse y las hectáreas sembradas tienen que informarse durante el mes de octubre”, remarcó.

“La novedad es la resolución general 3342 que establece la obligación de informar directamente a medida que se va cosechando. Desde el 1 de septiembre se va a informar las cosechas de trigo”.

“Para informar los movimientos, los productores lo harán a través de un software de la web de capacidad productiva en la que directamente ingresan los datos. Los productores ya lo conocen porque estaba vigente el año pasado y el anterior”.

En cuanto a las sanciones que pueden aparecer ante la falta de cumplimiento de la obligación de información, el contador dijo: “Si esa información no se cumple o hay falta de congruencia para la realidad económica, puede implicar que lo suspendan en el registro de operadores de granos, impidan la posibilidad de registrar un contrato de granos, restricciones en el expendio de cartas de porte, en la obtención del Código de Trazabilidad e impedimento de registrar registración de los contratos para concretar la comercialización de su producción”.

En definitiva, “la AFIP con esta información va a obtener la Cuenta Corriente Granaria porque va a tener el stock inicial que va a estar informado por la otra resolución mencionada (resolución 2750), va a tener las hectáreas sembradas también, va a tener la información de estos granos y las ventas a través de los formularios 1716”, dijo.

“Con toda esta información el fisco va a estar controlando paso a paso toda la operatoria. Seguramente estas medidas perjudicarán a aquellos que están cosechando con campos en distintos lugares ya que van a tener complejidades y situaciones de difícil cumplimiento”, analizó.

“Cualquier movimiento de granos físico o acuerdo jurídico que se haga de transferencia de granos tiene que ser posterior a la información de la cosecha porque si no el fisco no le va a cerrar ni autorizará la registración de los contratos”, concluyó.

EDICIÓN RURAL