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2 de diciembre de 2014

Casación exige que los presos tengan derechos laborales

Hizo lugar a un hábeas corpus colectivo
En el fallo advirtió que la lucha contra la inseguridad solo será posible si se les da empleo. Y dispuso la creación de un régimen laboral con idénticos derechos que los de una persona libre.
La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un hábeas corpus colectivo en un caso por el trabajo de los presos, en un fallo donde advirtió que la lucha contra la inseguridad solo será posible si se brinda empleo a los reos y dispuso que se cree un régimen laboral para los convictos con idénticos derechos que los de una persona libre.
Se trata de una presentación de la Defensa Pública Oficial y la Procuración Penitenciaria de la Nación -a partir de un planteo del ciudadano ucraniano Yuriy Tiberiyevich Kepich- a la que la Sala II de la Casación hizo lugar con el voto de los jueces Ángela E. Ledesma, Alejandro W. Slokar y Pedro R. David.
El fallo, plagado de citas y referencias doctrinarias, hace hincapié en el principio constitucional de "igual remuneración por igual tarea"para las personas privadas de su libertad.
Kepich, preso en la cárcel de Ezeiza, ya hizo planteos similares por el derecho a la comunicación con sus familiares y a recibir encomiendas.
El juez Slokar, en el voto principal, advirtió que "no puede ser ajeno a la cuestión laboral carcelaria" que "enfrentar las inseguridades es combatir a la par la inseguridad civil y la inseguridad social". También afirmó que "en gran medida, sólo se podrá neutralizar el aumento de la inseguridad social si se le da, o no, seguridad al trabajo".
"Para cualquier preso que trabaje no pueden dejar de gobernar como estándares -entre otros- el derecho a la remuneración y la regla de asimilación al trabajo libre, con todos sus alcances, (vgr. asignaciones familiares, obra social, cobertura frente a accidentes de trabajo, capacitación laboral, agremiación) por imperio del principio de progresividad. En este ámbito, como en el medio libre, nunca es tan necesario recordar el eterno adagio: el trabajo digno dignifica al hombre", afirmó.
Según el fallo, "la realidad laboral penitenciaria argentina actual" es queel 59% de los presos "no accede actualmente a ningún trabajo remunerado". Y de aquellos que trabajan, “sólo el 19 por ciento cuenta con la posibilidad de acceder a cuarenta horas semanales de trabajo remunerado”, mientras que “el 81% restante o trabaja menor cantidad de horas o no tiene posibilidad de acceso a un trabajo pago, por cierto por razones ajenas a su voluntad".
De esta manera, dijo el fallo, ocho de cada diez presos no gozan de los derechos consagrados en el artículo 14 bis constitucional.
También afirmaron que "no puede escapar que para cubrir el equivalente al salario mínimo dispuesto por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, un preso debería trabajar un mínimo de diez horas durante cinco días de la semana".
Por ello, el tribunal dispuso ordenar al Ente de Cooperación Técnica y Financiera (ENCOPE), dependiente del Servicio Penitenciario Federal, junto con los organismos del Estado vinculados a la materia en cuestión la elaboración de un régimen de trabajo para los presos.
(Fuente: DyN)