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17 de diciembre de 2010

Está prohibido difundir imágenes de niños inscriptos en el programa Hambre Cero

(yamisiones.com)  El Ministerio de Derechos Humanos sostiene en todos los ámbitos de acción, la necesidad de "tratar a Niñas, Niños y Adolescentes, como sujetos plenos de derecho", esto es como titulares de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Tal como se los reconoce en la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Esta aclaración del ministro Edmundo Soria Vieta viene a colación de hechos recientes vinculados con el secuestro de ejemplares de la revista Mensaje y haber prohibido a camarógrafos y periodistas de un medio de comunicación naciona, emitir y difundir imágenes de niños misioneros incluidos en el programa de Fortalecimiento Nutricional HO.
El ministro de Derechos Humanos de la Provincia de Misiones, desde  el inicio de su actual gestión comenzó a trabajar activamente a partir de un enfoque transversal de los Derechos Humanos, bajo los principios rectores de universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de los derechos fundamentales  reconocidos en la constitución nacional y en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, algunos de ellos con jerarquía constitucional conforme al artículo 75 Inc. 22 de la constitución nacional.

En este sentido, ese Ministerio sostiene en todos los ámbitos de acción, la necesidad de Tratar a los Niñas, Niños y Adolescentes, como sujetos plenos de derechos, esto es como titulares de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Tal como se los reconoce en la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niñosy Adolescentes.

Según un comunicado ministerial "el rol del Estado entonces, es el de ser garante de los Derechos del Niño, porque en   materia de derecho internacional, de los Derechos Humanos es el Estado quien  garantiza y reconoce hacia los individuos, sus derechos.

Esto trae, como corolario que los dispositivos creados a través de la ley de protección se activarán subsidiariamente, de forma complementaria y en apoyo a los padres, con el fin de reforzar y velar por la protección de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Dicho esto, manifiesto mi beneplácito, ante la actitud asumida por la titular del Juzgado de Familia  nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, subrogado, por la jueza Bertolotti, que ante la publicación ilegal y no autorizada de la imagen del hijo menor del Gobernador de la Provincia de Misiones, dispone “prohibir la circulación y/o difusión pública del menor y disponer la extracción de la circulación pública de todos los ejemplares de esa publicación”.

Continuando con esta misma actitud, sin apartarnos en ningún momento de la ley, éste Ministro, invocando la Protección integral de los Derechos de los Niños, ha impedido, a camarógrafos y periodistas de un medio de comunicación nacional emitir y difundir imágenes de niños misioneros incluidos en el programa de Fortalecimiento Nutricional HO.

Y para concluir, y basándonos en el Art. 16 de la Convención sobre  los Derechos del Niño que establece “que ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en
su vida privada, su familia ni de ataques a su honra y a su reputación. Y que el niño tiene derecho a la protección de la ley contra esas ingerencias o ataques.

Es así que este Ministerio, asume una vez más el firme compromiso, de velar por el fiel cumplimiento de las leyes que protegen, a nuestra querida infancia y repudiamos cualquier forma de violencia sobre la misma. Mas aún, cuando se escudan, en otro  derecho de carácter constitucional como es el de la Libertad de Prensa".