(misionesonline.net) Cuestionan la incorporación de un artículo que “va en contra del
ejercicio profesional” de los periodistas. Se trata del artículo 18 que
expresa que quien solicite información a cualquier órgano del Estado y
que luego distorsione de manera maliciosa dicha información, será
responsable civil y penalmente por ese accionar. El vicepresidente
primero de la Legislatura dijo que pese a esta objeción, el proyecto
será aprobado en el sesión de hoy.
Pese a la dura advertencia lanzada ayer por el Foro de Prensa de
Misiones (Fopremi), ante la incorporación de un nuevo artículo al
dictamen del proyecto de “Libre Acceso a la información Pública”, el
vicepresidente primero de la Cámara de Diputados de la Provincia,
Alberto “Tito” Álvarez ratificó que la Legislatura avanzará hoy con la
aprobación de esta iniciativa.
El Fopremi cuestiona
puntualmente el artículo 18, el cual indica que quien solicite
información a cualquier órgano del Estado y que luego distorsione de
manera maliciosa dicha información, será responsable civil y penalmente
por ese accionar.
Ante la incorporación de este artículo,
la organización de periodistas elevó una nota al presidente de la
Cámara, Carlos Rovira, en la que le solicitan que se deje sin efecto ese
artículo y se lo anule.
“Expresamente solicitamos se
anule ese artículo que a nuestro entender, echa por tierra un proyecto
consensuado y de avanzada en el país en torno al respeto por el derecho
al libre acceso a la información pública. Este artículo viola garantías
constitucionales, profusa jurisprudencia y doctrina nacional e
internacional. Va en contra del ejercicio profesional pleno del
periodista y de las pautas internacionales, en torno al respeto por la
libertad de expresión establecidas por la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos en interpretación de los pactos internacionales
incorporados a nuestro ordenamiento positivo”, expresa el Fopremi en la
nota dirigida a Rovira.
Qué dice el artículo 18?
ARTÍCULO
18-. El adquirente de la información que publicite la misma en forma
total o parcial o utilice la misma, como fuente de investigación,
remisión de datos en artículos o editoriales, que implique una
distorsión maliciosa de la información suministrada, es responsable
civil y penalmente por su accionar, sin perjuicio de la denegación por
parte del órgano requerido de suministrarle en lo sucesivo información
de su dependencia, previa resolución judicial de la determinación de su
responsabilidad.
Misma responsabilidad le cabe a quien reproduzca o
utilice de fuente la información publicada por el requirente,
desvirtuando la misma.