(territoriodigital.com) La Cámara de Diputados de Misiones, tratará en la jornada de hoy el
proyecto de ley de acceso a la información pública, la cual fue debatida
con trabajadores de prensa y otros sectores sociales. Sobre esto, el
Foro de Trabajadores de Prensa y Comunicación Social de Misiones
(Fopremi) solicitó, a través de una carta enviada al presidente de la
Legislatura provincial, Carlos Rovira, que se quite del dictamen del
proyecto de ley de acceso a la información pública, que se tratará hoy
en el pleno del cuerpo, el artículo 18 del mismo.
Este apartado establece que “el adquirente de la información que
publicite la misma en forma total o parcial o utilice la misma, como
fuente de investigación, remisión de datos en artículos o editoriales,
que implique una distorsión maliciosa de la información suministrada, es
responsable civil y penalmente por su accionar, sin perjuicio de la
denegación por parte del órgano requerido de suministrarle en lo
sucesivo información de su dependencia, previa resolución judicial de la
determinación de su responsabilidad.
Misma responsabilidad le cabe a quien reproduzca o utilice de fuente
la información publicada por el requirente, desvirtuando la misma”.
Desde el espacio que nuclea a periodistas y comunicadores sociales,
piden su anulación porque “a nuestro entender, hecha por tierra un
proyecto consensuado y de avanzada en el país en torno al respeto por el
Derecho al Libre Acceso a la Información Pública. Este artículo viola
expresamente garantías constitucionales, profusa jurisprudencia y
doctrina nacional e internacional. Va en contra del ejercicio
profesional pleno del periodista y de las pautas internacionales en
torno al respeto por la libertad de expresión establecidas por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos en interpretación de los
pactos internacionales incorporados a nuestro ordenamiento positivo”.
Entre otras cuestiones, también plantean que “el artículo crea una
nueva categoría de delito, puesto que claramente se señala que la
conducta prohibida será la ‘distorsión maliciosa’, violando expresamente
la Constitución Nacional, que en su artículo 75, inciso 12, faculta a
la Nación, en forma exclusiva y excluyente, a dictar los delitos. Las
provincias no pueden hacerlo, delegaron esta facultad y se reservan, en
cambio, el poder de policía”, señalan.