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7 de junio de 2012

La Legislatura tratará hoy la ley de acceso a la información pública

(territoriodigital.com) La Cámara de Diputados de Misiones, tratará en la jornada de hoy el proyecto de ley de acceso a la información pública, la cual fue debatida con trabajadores de prensa y otros sectores sociales. Sobre esto, el Foro de Trabajadores de Prensa y Comunicación Social de Misiones (Fopremi) solicitó, a través de una carta enviada al presidente de la Legislatura provincial, Carlos Rovira, que se quite del dictamen del proyecto de ley de acceso a la información pública, que se tratará hoy en el pleno del cuerpo, el artículo 18 del mismo.
Este apartado establece que “el adquirente de la información que publicite la misma en forma total o parcial o utilice la misma, como fuente de investigación, remisión de datos en artículos o editoriales, que implique una distorsión maliciosa de la información suministrada, es responsable civil y penalmente por su accionar, sin perjuicio de la denegación por parte del órgano requerido de suministrarle en lo sucesivo información de su dependencia, previa resolución judicial de la determinación de su responsabilidad.
Misma responsabilidad le cabe a quien reproduzca o utilice de fuente la información publicada por el requirente, desvirtuando la misma”. Desde el espacio que nuclea a periodistas y comunicadores sociales, piden su anulación porque “a nuestro entender, hecha por tierra un proyecto consensuado y de avanzada en el país en torno al respeto por el Derecho al Libre Acceso a la Información Pública.  Este artículo viola expresamente garantías constitucionales, profusa jurisprudencia y doctrina nacional e internacional. Va en contra del ejercicio profesional pleno del periodista y de las pautas internacionales en torno al respeto por la libertad de expresión establecidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en interpretación de los pactos internacionales incorporados a nuestro ordenamiento positivo”.
Entre otras cuestiones, también plantean que “el artículo crea una nueva categoría de delito, puesto que claramente se señala que la conducta prohibida será la ‘distorsión maliciosa’, violando expresamente la Constitución Nacional, que en su artículo 75, inciso 12, faculta a la Nación, en forma exclusiva y excluyente, a dictar los delitos. Las provincias no pueden hacerlo, delegaron esta facultad y se reservan, en cambio, el poder de policía”, señalan.