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25 de febrero de 2014

La Corte Suprema de la Nación intimó a la justicia misionera

(territoriodigital.com) Tras el reclamo de la UCR por las bancas, exigió al Tribunal de Justicia provincial que en diez días explique los motivos de la falta de respuesta.
Por disposición de la CSJN, el STJ de Misiones deberá informar en los próximos diez días porque demora en resolver el reclamo de la UCR misionera que argumenta se violó la Constitución en la adjudicación de bancas de diputados provinciales y concejales en las elecciones de junio del 2011.

Los resultados de las elecciones provinciales del pasado 26 de junio de 2011 volvieron al centro de la opinión pública tras la reciente disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) del día 21 de febrero, qué intima al Superior Tribunal de Justicia de Misiones (STJ), para que en los próximos diez días informe del porqué hasta el momento no resolvió el reclamo de la UCR misionera y de toda la oposición, sobre lo que aseguran es una violación constitucional en el reparto de los cargos legislativos.
 El Comité Provincial de la UCR realizó en Octubre del 2013 una denuncia a la CSJN por “retardo y denegación de justicia de más de dos años por parte STJ a la interposición del radicalismo del día 25 de julio, por violación del inciso 5 del artículo 48 de la Constitución Provincial que garantiza un tercio de las bancas de diputados provinciales y concejalías para la minoría” comentó el presidente del Comité Provincia Hernán Damiani.
 Para la UCR “en las elecciones del 2011 claramente se violó este principio constitucional al adjudicarse el Frente Renovador 18 de las 20 bancas en juego, birlando a la minoría 5 bancas y más de una decena de concejalías en toda la provincia, poniendo en riesgo el sistema republicano de división de poderes. ” agregó Damiani.
 La disposición y la obligación del STJ
 Según la disposición, la CSJN ordena que, “en un plazo de 10 (diez) días, el Superior Tribunal de Justicia de Misiones remita copias certificadas del expediente “265/2011 DTO 128/11 PODER EJECUTIVO PROVINCIA S/ CONVOCATORIA ELECCIONES 2011”, como de las actuaciones y trámites que se cumplieron en el mismo”. La Corte Suprema también le solicita al STJ “efectúe un informe circunstanciado sobre los antecedentes concernientes al pronunciamiento que se invoca como pendiente de resolución”.

Con esta medida, el Superior Tribunal de Justicia debe acatar la medida adoptada por su único órgano superior, la CSJN. “En el caso de que el STJ continúe demorando la contestación, nosotros solicitamos además a la Corte Suprema se expida también por el fondo de la cuestión, es decir, para que se pronuncie si el partido oficialista violó o no la Constitución Provincial en el reparto de los cargos legislativos en las elecciones de Junio del 2011” precisó Damiani.